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Sobre el incremento de servicios públicos
El Decreto 321 del Consejo de Ministros "Concesión Administrativa a la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A para la prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones" estableció la necesidad de instalar un servicio de telefonía pública por cada asentamiento de más de 300 habitantes. Para el cumplimiento de esta indicación se utilizó el censo oficial que realizara la Máxima Dirección del País con el levantamiento de los asentamientos poblacionales clasificados en, más de 300, de 200 a 299 y de menos de 200 habitantes.